La Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos – ARCH expidió la normativa de “Regulación de Medios de Transporte, Redes de Distribución y Catastro de Instalaciones de Consumo de Gas Natural“.
Boletín 003
Quito, 14 de agosto de 2025
La Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) informa a la ciudadanía, al sector productivo y a los actores involucrados en el mercado de hidrocarburos sobre la emisión de la “Regulación de Medios de Transporte, Redes de Distribución y Catastro de Instalaciones de Consumo de Gas Natural“ la cual ya se encuentra publicada en el Registro Oficial en el Primer Suplemento, Año I – Nº 102 de fecha 14 agosto 2025.
Esta normativa, de aplicación obligatoria, establece un marco regulatorio claro para garantizar la seguridad, eficiencia y legalidad en todas las actividades relacionadas con el Gas Natural y tiene por objetivo regular toda la cadena de este recurso natural: notificación de catastro, permisos de operación, registro de los medios de transporte, redes de distribución e instalaciones para consumo de Gas Natural (GN).
Con esta medida, la ARCH busca mantener un control exhaustivo y actualizado de la infraestructura y operaciones que se desarrollan a nivel nacional, esta normativa se aplica a toda persona natural o jurídica, tanto pública como privada, que participe de las actividades de transporte y almacenamiento de Gas Natural, Gas Natural Licuado (GNL) y Gas Natural Comprimido (GNC), a través de diversos medios como autotanques, isotanques, buques, barcazas, etc; así también, a quienes realicen actividades de distribución de Gas Natural a través de redes y operación de instalaciones para el consumo de Gas Natural.
La nueva normativa establece la posibilidad de que los sujetos de control obtengan dos tipos de permisos:
Catastro: Es un registro exclusivo de la ARCH que contiene la descripción técnica detallada de los medios de transporte, almacenamiento e instalaciones para consumo de Gas Natural de manera temporal. Su objetivo es mantener una base de datos precisa y actualizada que facilite la supervisión y el control técnico.
Permiso de Operación: Se trata de una Resolución emitida por la ARCH que autoriza formalmente el ejercicio de las actividades reguladas. Este permiso es un requisito indispensable para operar legalmente. Una vez otorgado, se procede a su registro en el Registro de Control Técnico de Hidrocarburos y se notifica al sujeto de control.
La expedición de esta regulación reafirma el compromiso de la ARCH con la seguridad operativa y el desarrollo ordenado del sector de hidrocarburos en el país.